Capitulaciones matrimoniales

Documentación necesaria para la preparación de escrituras de capitulaciones matrimoniales

  1. DNI vigente de ambos comparecientes.
  2. Si ya están casados, libro de familia con inscripción del matrimonio en el registro civil correspondiente.
  3. Los matrimonios celebrados a partir del día 1 de julio de 2.008 hasta el día 31 de mayo de 2.016, entre cónyuges con vecindad civil valenciana se regirán por el sistema de separación de bienes, para pactar el régimen de gananciales se deberán otorgar capitulaciones matrimoniales. Los matrimonios celabrados a partir del día 01 de junio de 2.016 en virtud de sentencia 82/2016 de 28 de abril de 2.016 se regirán por el sistema de gananciales, con lo que para pactar un régimen de separación de bienes se deberá otorgar escritura de capitulaciones matrimoniales.
  4.  Si van a contraer matrimonio próximamente, la fecha y lugar de celebración, posteriormente deberán traer la escritura registrada en el Registro Civil para hacerlo constar en la matriz.
  5. Si además se quiere liquidar la sociedad de gananciales deberán aportar un inventario de activo y pasivo, con los títulos y últimos recibos de pago del IBI respecto de los bienes inmuebles y certificados bancarios de saldos activos y pasivos, así como un listado de las adjudicaciones de cada uno de los cónyuges.
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